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Tipos de Radicación en Paraguay

CATEGORÍAS DE ADMISIÓN EN PARAGUAY

A los efectos del ingreso y permanencia en el país, los extranjeros pueden ser admitidos en la categoría de “residentes” y “no residentes”, de acuerdo con las condiciones y requisitos establecidos por la Ley de Migraciones N° 978/96 que rige en la República del Paraguay.

No residente: Es el extranjero que ingresa al país sin intención de radicarse en él.

Residente: Es el extranjero que, en razón de la actividad que desarrolle, fija su residencia en el país, con el ánimo de permanecer en él, en forma permanente o temporaria.

Los trámites de radicación realizados por la DGM sirven para documentar -por medio de los requisitos previstos en la Ley de Migraciones y en acuerdos internacionales- a los ciudadanos extranjeros que vienen con ánimo de permanecer en Paraguay en calidad de Residentes.

Por lo tanto, todo extranjero que desee acogerse a la categoría de “Residente Temporario o Permanente” en Paraguay, deberá aplicar a uno de los tipos de radicación disponibles.

Importante:

Para acceder a la CÉDULA DE IDENTIDAD PARAGUAYA, el extranjero deberá acogerse a la categoría de Residente Permanente, mediante la obtención del Carnet de Admisión Permanente. El trámite para la obtención de la Cédula de Identidad Paraguaya se realiza en el Departamento de Identificaciones de la Policía Nacional.

Para acceder a la NACIONALIZACIÓN por NATURALIZACIÓN en Paraguay, el extranjero deberá contar con un mínimo de 3 (tres) años residiendo en el país, en calidad de Residente Permanente. El trámite para la obtención de la Carta de Naturalización se realiza en la Corte Suprema de Justicia.

TIPOS DE RADICACIÓN
  • Radicación Precariaexpand_more

    La Radicación Precaria tiene como fin documentar a los ciudadanos extranjeros que desean radicarse por un periodo no mayor a seis meses, generalmente por motivos laborales, o bien, para contar con un permiso de residencia provisorio mientras reúne los requisitos para aplicar a una Radicación Temporaria o Permanente.

    ¿Quiénes pueden aplicar a esta radicación?
    Los ciudadanos extranjeros de cualquier nacionalidad, que cumplan los requerimientos establecidos para el trámite.

    ¿Cuál es el plazo de permanencia otorgado?
    El plazo máximo de duración en esta categoría de residencia es de 6 (seis) meses.

    ¿Es prorrogable?
    Sí, esta radicación puede ser prorrogada una sola vez, por igual periodo de tiempo.

    ¿Cuál es el documento obtenido con este trámite?
    Es la Constancia de Residencia Precaria.

    Accede a los requisitos y aranceles de este trámite, aquí send

    ¿Puedo iniciar mi trámite estando fuera del Paraguay?
    No. El trámite es personal y presencial. El/la solicitante debe estar dentro del territorio nacional y acercarse a las oficinas habilitadas por Migraciones Paraguay con la totalidad de los requisitos solicitados para dar ingreso a su expediente de radicación.

  • Radicación Temporariaexpand_more

    La Radicación Temporaria es la autorización otorgada a los ciudadanos extranjeros que tienen ánimo de residir temporalmente en el país mientras duren las actividades que dieron origen a su intención de radicarse por un periodo determinado, de conformidad con lo establecido en la Ley N° 978/96 de Migraciones y su reglamentación.

    ¿Quiénes pueden aplicar a esta radicación?
    Los ciudadanos extranjeros de cualquier nacionalidad, que cumplan los requerimientos establecidos para el trámite.

    ¿Cuál es el plazo de permanencia otorgado?
    El plazo máximo de duración en esta categoría de residencia es de 1 (un) año.

    ¿Es prorrogable?
    Sí, esta radicación puede ser prorrogada hasta cinco veces, por periodos iguales al autorizado (un año), según la profesión, actividad y/o motivo de la radicación.

    ¿Cuál es el documento obtenido con este trámite?
    Es el Carnet de Admisión Temporaria.
    Accede a los requisitos y aranceles de este trámite, aquí send

    ¿Puedo iniciar mi trámite estando fuera del Paraguay?

    Sí. Para los ciudadanos extranjeros que se encuentran fuera del territorio nacional y se ven afectados por el cierre de fronteras debido al Estado de Emergencia Sanitaria por la pandemia COVID-19, la DGM pone a disposición de los mismos la posibilidad de iniciar su trámite de radicación bajo la modalidad de representación legal, reglamentada mediante la Resolución DGM N° 311, de fecha 30/06/20, de conformidad con el artículo 41 de la ley 978/96 de Migraciones.
    Accede a los requisitos de esta modalidad de trámite, aquí send

  • Radicación Temporaria Mercosurexpand_more

    La Radicación Temporaria Mercosur es la autorización otorgada a los ciudadanos extranjeros oriundos de los países suscriptos al Acuerdo de Residencia del Mercosur, que tienen ánimo de residir temporalmente en el país mientras duren las actividades que dieron origen a su intención de radicarse por un periodo determinado.
    Esta radicación se encuentra vigente para ciudadanos de Argentina, Brasil, Uruguay, Bolivia, Chile, Perú, Colombia y Ecuador, Estados actualmente suscriptos al “Acuerdo sobre Residencia para los Nacionales de los Estados Partes del MERCOSUR” y “Acuerdo sobre Residencia para los Nacionales de los Estados Partes del MERCOSUR, Bolivia y Chile”.

    ¿Quiénes pueden aplicar a esta radicación?
    Los ciudadanos extranjeros oriundos de Argentina, Brasil, Uruguay, Bolivia, Chile, Perú, Colombia y Ecuador, siempre que cumplan los requerimientos establecidos para el trámite.

    ¿Cuál es el plazo de permanencia otorgado?
    El plazo máximo de duración en esta categoría de residencia es de 2 (dos) años.

    ¿Es prorrogable?
    No, esta radicación no puede ser prorrogada. Quienes deseen extender su permanencia en Paraguay deberán optar por una Radicación Temporaria(según la Ley 978/96) o bien, aplicar a una Radicación Permanente Mercosur, antes del vencimiento de su carnet.

    ¿Cuál es el documento obtenido con este trámite?
    Es el Carnet de Admisión Temporaria.
    Accede a los requisitos y aranceles de este trámite, aquí send

    ¿Puedo iniciar mi trámite estando fuera del Paraguay?

    Sí. Para los ciudadanos extranjeros que se encuentran fuera del territorio nacional y se ven afectados por el cierre de fronteras debido al Estado de Emergencia Sanitaria por la pandemia COVID-19, la DGM pone a disposición de los mismos la posibilidad de iniciar su trámite de radicación bajo la modalidad de representación legal, reglamentada mediante la Resolución DGM N° 311, de fecha 30/06/20, de conformidad con el artículo 41 de la ley 978/96 de Migraciones.
    Accede a los requisitos de esta modalidad de trámite, aquí send

  • Radicación Permanenteexpand_more

    La Radicación Permanente es la autorización de residencia otorgada a ciudadanos extranjeros que deseen establecerse en el territorio paraguayo en forma definitiva y con el propósito de realizar cualquier clase de actividad que las autoridades consideren útiles al desarrollo del país, de conformidad con lo establecido en la Ley N° 978/96 de Migraciones y su reglamentación.

    ¿Quiénes pueden aplicar a esta radicación?
    Los ciudadanos extranjeros de cualquier nacionalidad, que cumplan los requerimientos establecidos para el trámite.
    Los solicitantes no necesitan contar con una radicación previa en Paraguay, por lo tanto pueden aplicar directamente al cambio de categoría de No Residente a Residente Permanente, mediante este tipo de radicación.

    ¿Cuál es el plazo de permanencia otorgado?
    El plazo de permanencia es definitivo, salvo que el extranjero con residencia permanente incurra en alguna de las causales que puedan dar lugar a la cancelación de la permanencia o a la expulsión.

    ¿Cuál es el documento obtenido con este trámite?
    Es el Carnet de Admisión Permanente.

    Accede a los requisitos y aranceles de este trámite, aquí send

    ¿Puedo iniciar mi trámite estando fuera del Paraguay?

    Sí. Para los ciudadanos extranjeros que se encuentran fuera del territorio nacional y se ven afectados por el cierre de fronteras debido al Estado de Emergencia Sanitaria por la pandemia COVID-19, la DGM pone a disposición de los mismos la posibilidad de iniciar su trámite de radicación bajo la modalidad de representación legal, reglamentada mediante la Resolución DGM N° 311, de fecha 30/06/20, de conformidad con el artículo 41 de la ley 978/96 de Migraciones.
    Accede a los requisitos de esta modalidad de trámite, aquí send

  • Radicación Permanente Mercosurexpand_more

    La Radicación Permanente es la autorización de residencia otorgada a ciudadanos extranjeros oriundos de países suscriptos al Acuerdo de Residencia del Mercosur, que deseen establecerse en el territorio paraguayo en forma definitiva y con el propósito de realizar cualquier clase de actividad que las autoridades consideren útiles al desarrollo del país.
    Esta radicación se encuentra vigente para ciudadanos de Argentina, Brasil, Uruguay, Bolivia, Chile, Perú, Colombia y Ecuador, Estados actualmente suscriptos al “Acuerdo sobre Residencia para los Nacionales de los Estados Partes del MERCOSUR” y “Acuerdo sobre Residencia para los Nacionales de los Estados Partes del MERCOSUR, Bolivia y Chile”.

    ¿Quiénes pueden aplicar a esta radicación?
    Los ciudadanos extranjeros oriundos de Argentina, Brasil, Uruguay, Bolivia, Chile, Perú, Colombia y Ecuador que hayan obtenido la Radicación Temporaria Mercosur. Los mismos deberán iniciar el trámite de Radicación Permanente Mercosur dentro de los 90 (noventa) días previos al vencimiento del Carnet de Admisión Temporaria Mercosur.

    ¿Cuál es el plazo de permanencia otorgado?
    El plazo de permanencia es definitivo, salvo que el extranjero con residencia permanente incurra en alguna de las causales que puedan dar lugar a la cancelación de la permanencia o a la expulsión.

    ¿Cuál es el documento obtenido con este trámite?
    Es el Carnet de Admisión Permanente.

    Accede a los requisitos y aranceles de este trámite, aquí send

    ¿Puedo iniciar mi trámite estando fuera del Paraguay?

    Sí. Para los ciudadanos extranjeros que se encuentran fuera del territorio nacional y se ven afectados por el cierre de fronteras debido al Estado de Emergencia Sanitaria por la pandemia COVID-19, la DGM pone a disposición de los mismos la posibilidad de iniciar su trámite de radicación bajo la modalidad de representación legal, reglamentada mediante la Resolución DGM N° 311, de fecha 30/06/20, de conformidad con el artículo 41 de la ley 978/96 de Migraciones.
    Accede a los requisitos de esta modalidad de trámite, aquí send

  • Radicación Permanente para hijos y cónyuges de paraguayosexpand_more

    Es la autorización de residencia permanente otorgada a ciudadanos extranjeros hijos y cónyuges de paraguayo/s que, por gozar de este grado de parentesco, pueden documentarse como beneficiarios de la Ley N° 2193/03.

    ¿Quiénes pueden aplicar a esta radicación?
    Los ciudadanos extranjeros de cualquier nacionalidad, que demuestren fehacientemente ser hijos o cónyuges de paraguayo/s y que cumplan los requerimientos establecidos para el trámite.
    Los solicitantes no necesitan contar con una radicación previa en Paraguay, por lo tanto pueden aplicar directamente al cambio de categoría de No Residente a Residente Permanente, mediante este tipo de radicación.

    ¿Cuál es el plazo de permanencia otorgado?
    El plazo de permanencia es definitivo, salvo que el extranjero con residencia permanente incurra en alguna de las causales que puedan dar lugar a la cancelación de la permanencia o a la expulsión.

    ¿Cuál es el documento obtenido con este trámite?
    Es el Carnet de Admisión Permanente.

    Accede a los requisitos y aranceles de este trámite, aquí send

    ¿Puedo iniciar mi trámite estando fuera del Paraguay?
    No. El trámite es personal y presencial. El/la solicitante debe estar dentro del territorio nacional y acercarse a las oficinas habilitadas por Migraciones Paraguay con la totalidad de los requisitos solicitados para dar ingreso a su expediente de radicación.

  • Radicación Permanente para Inversionistas Extranjeros (SUACE)expand_more

    Es un trámite especial de residencia permanente dirigido a ciudadanos extranjeros que llegan al territorio paraguayo en calidad de inversionistas y optan por acogerse al Sistema Unificado de Apertura y Cierre de Empresas (SUACE).
    SUACE es una ventanilla única compuesta por varias instituciones públicas, a través de la cual se realizan los trámites de apertura, formalización y/o cierre de empresas físicas o jurídicas, para la entrada de solicitudes y de registros estatales, con la finalidad de facilitar y agilizar el proceso de apertura de nuevos emprendimientos empresariales, gestionando los trámites pertinentes en un sólo lugar.

    ¿Quiénes pueden aplicar a esta radicación?
    Los ciudadanos extranjeros de cualquier nacionalidad, que lleguen al país en calidad de inversionistas y se suscriban al Sistema Unificado de Apertura y Cierre de Empresas (SUACE), siempre que cumplan los requerimientos establecidos para el trámite.
    Los solicitantes no necesitan contar con una radicación previa en Paraguay, por lo tanto pueden aplicar directamente al cambio de categoría de No Residente a Residente Permanente, mediante este tipo de radicación.

    ¿Cuál es el plazo de permanencia otorgado?
    El plazo de permanencia es definitivo, salvo que el extranjero con residencia permanente incurra en alguna de las causales que puedan dar lugar a la cancelación de la permanencia o a la expulsión.

    ¿Cuál es el documento obtenido con este trámite?
    Es el Carnet de Admisión Permanente.

    Accede a los requisitos y aranceles de este trámite, aquí send

    ¿Puedo iniciar mi trámite estando fuera del Paraguay?
    No. El trámite es personal y presencial. El/la solicitante debe estar dentro del territorio nacional y acercarse a las oficinas habilitadas por Migraciones Paraguay con la totalidad de los requisitos solicitados para dar ingreso a su expediente de radicación.

  • Radicación para Ciudadanos Argentinos bajo el Decreto N° 9032/07 de "Patria Grande"expand_more

    Es la autorización de residencia precaria, temporaria y/o permanente, otorgada a los ciudadanos de nacionalidad argentina, de conformidad con el Decreto N° 9032/07, dictado en reciprocidad al programa conocido como “Patria Grande” que la República Argentina aplica a los ciudadanos paraguayos que solicitan su radicación en dicho país.

    ¿Quiénes pueden aplicar a esta radicación?
    Podrán aplicar a la Radicación Precaria por Patria Grande:
    Los ciudadanos extranjeros de nacionalidad argentina, que cumplan los requerimientos establecidos para el trámite.

    Podrán aplicar a la Radicación Temporaria por Patria Grande:
    Los ciudadanos extranjeros de nacionalidad argentina, que cumplan los requerimientos establecidos para el trámite y que hayan obtenido la Radicación Precaria bajo el Decreto de "Patria Grande".
    Plazo adicional de permanencia: El extranjero podrá solicitar 1 (un) período adicional de prórroga del plazo de permanencia, en caso de que aún no haya reunido los requisitos para la Radicación Temporaria; el cual consiste en una prórroga de 90 (noventa) días, que deberá solicitar en tiempo y forma.

    Podrán aplicar a la Radicación Permanente por Patria Grande:
    Los ciudadanos extranjeros de nacionalidad argentina, que cumplan los requerimientos establecidos para el trámite y que hayan obtenido la Radicación Temporaria bajo el Decreto de "Patria Grande".
    Una vez vencida su Radicación Temporaria, si el extranjero no presenta su solicitud de Radicación Permanente en un plazo de 60 (sesenta) días, perderá el derecho a tramitar su residencia bajo el Decreto de "Patria Grande" y deberá gestionar su carnet de Radicación Permanente bajo los requisitos generales establecidos por la Ley 978/96 de Migraciones.

    ¿Cuál es el plazo de permanencia otorgado?
    Radicación Precaria por Patria Grande: 6 (seis) meses.

    Radicación Temporaria por Patria Grande: 1 (un) año.

    Radicación Permanente por Patria Grande: El plazo de permanencia es definitivo, salvo que el extranjero con residencia permanente incurra en alguna de las causales que puedan dar lugar a la cancelación de la permanencia o a la expulsión.

    ¿Cuál es el documento obtenido con este trámite?
    Radicación Precaria por Patria Grande: Constancia de Residencia Precaria. | Ver requisitos send

    Radicación Temporaria por Patria Grande: Carnet de Admisión Temporaria. | Ver requisitos send

    Radicación Permanente por Patria Grande: Carnet de Admisión Permanente. | Ver requisitos send

    ¿Puedo iniciar mi trámite estando fuera del Paraguay?
    No. El trámite es personal y presencial. El/la solicitante debe estar dentro del territorio nacional y acercarse a las oficinas habilitadas por Migraciones Paraguay con la totalidad de los requisitos solicitados para dar ingreso a su expediente de radicación.

  • Radicación Temporaria para Venezolanosexpand_more

    Es la autorización de residencia temporaria otorgada a los ciudadanos de nacionalidad venezolana, conforme a la Ley N° 978/96 de Migraciones y a la Resolución N° 062 de fecha 01/02/19.

    ¿Quiénes pueden aplicar a esta radicación?
    Los ciudadanos extranjeros de nacionalidad venezolana.

    ¿Cuál es el plazo de permanencia otorgado?
    El plazo máximo de duración en esta categoría de residencia es de 1 (un) año.

    ¿Cuál es el documento obtenido con este trámite?
    Es el Carnet de Admisión Temporaria.

    Accede a los requisitos y aranceles de este trámite, aquí send

Migraciones Paraguay

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