Radicación aplicable para extranjeros de todas las nacionalidades, según lo establecido por la Ley Nº 978/96 de Migraciones |
La Radicación Permanente es la autorización de residencia otorgada a ciudadanos extranjeros de cualquier nacionalidad que deseen establecerse en el territorio paraguayo en forma definitiva y con el propósito de realizar cualquier clase de actividad que las autoridades consideren útiles al desarrollo del país, de conformidad con lo establecido en la Ley de Migraciones y su reglamentación.
Los solicitantes pueden aplicar directamente al cambio de categoría de No Residente a Residente Permanente mediante este tipo de radicación, sin necesidad de contar con una radicación previa en Paraguay.
Con la obtención del Carnet de Radicación Permanente,los extranjeros podrán tramitar la Cédula de Identidad Paraguaya ante el Departamento de Identificaciones de la Policía Nacional.
Descargar los requisitos, aquí
Para los ciudadanos extranjeros que se encuentran fuera del territorio nacional y se ven afectados por el cierre de fronteras debido al Estado de Emergencia Sanitaria por la pandemia COVID-19, la DGM pone a disposición de los mismos la posibilidad de iniciar su trámite de radicación bajo la modalidad de representación legal, reglamentada mediante la Resolución DGM N° 311, de fecha 30/06/20, de conformidad con el artículo 41 de la ley 978/96 de Migraciones.
Accede a los requisitos de esta modalidad de trámite, aquí
Requisitos / Observaciones | ¿Qué debe presentar? | |||
Original | Fotocopia Simple | Fotocopia Autenticada | ||
Requisitos Generales | ||||
1. | Documento de Identidad vigente del país de origen: Opción 1: Cédula de Identidad o DNI vigente, acompañada del comprobante de ingreso al país. Opción 2: Pasaporte vigente, con el sello de ingreso al país. * El comprobante y/o sello de ingreso al país se expide en los puestos de control migratorio fronterizos y aeroportuarios, al registrar su entrada al Paraguay. |
Sí | - | 1 (una) |
2. | Visa Consular o En Arribo; en el caso de los países que la requieran.
* La visa deberá contar con la verificación correspondiente del Ministerio de Relaciones Exteriores en Paraguay. (Consulte el listado de países con acuerdos de supresión de visas con Paraguay y el listado de países beneficiarios de las visas en arribo en Paraguay) |
Sí | - | 1 (una) |
3. | Certificado de Nacimiento, expedido por el país de origen o por la representación diplomática del país de origen en Paraguay. * Si el documento fue emitido en el exterior, debe estar legalizado o apostillado. |
Sí | - | 1 (una) |
4. | Certificado de Antecedentes Policiales o Penales vigente (Requerido a partir de los 14 años de edad): | |||
Opción 1: Si su última residencia fue en su país de origen; Certificado de Antecedentes del país de origen, expedido por la autoridad competente del país emisor, con vigencia a nivel nacional. *Si el documento fue emitido en el exterior, debe estar legalizado o apostillado. |
Sí | - | 1 (una) | |
Opción 2: Si residió en otro país durante los últimos 5 años; Certificado de Antecedentes del país de residencia, expedido por la autoridad competente del país emisor, con vigencia a nivel nacional y documento respaldatorio que acredite que el/la interesado/a residió en dicho país durante los últimos 5 años. *Si el documento fue emitido en el exterior, debe estar legalizado o apostillado. |
Sí | - | 1 (una) | |
Opción 3: Si reside en Paraguay desde hace más de 5 años; | ||||
1- Información Sumaria de Testigos, expedida por el Juzgado de Justicia Letrada del Poder Judicial del Paraguay, con la aclaración de que el solicitante vive y reside desde hace más de 5 años en el país. | Sí | - | 1 (una) | |
2- Certificado de Antecedentes de INTERPOL vigente, expedido por el Departamento de INTERPOL de la Policía Nacional del Paraguay. * Los documentos emitidos en Paraguay no requieren legalización. |
Sí | - | 1 (una) | |
5. | Certificado de Antecedentes para Extranjeros vigente, expedido por el Departamento de Informática de la Policía Nacional del Paraguay.
(Requerido a partir de los 14 años de edad) |
Sí | - | 1 (una) |
6. | Constancia de Estado Civil, expedida por la autoridad competente del país emisor (Sólo si corresponde): Opción 1: Certificado de Matrimonio. Opción 2: Sentencia de Divorcio. Opción 3: Certificado de Defunción. * Si el documento fue emitido en el exterior, debe estar legalizado o apostillado. |
Sí | - | 1 (una) |
7. | Certificado de Vida y Residencia vigente, expedido por una Comisaría Jurisdiccional en Paraguay. | Sí | - | 1 (una) |
8. | Certificado Sanitario, expedido por un médico clínico habilitado por el Ministerio de Salud del Paraguay, en el que conste que el/la solicitante goza de buena salud física, mental y carece de enfermedad infecto-contagiosa. * El documento debe estar visado por el Ministerio de Salud del Paraguay. |
Sí | - | - |
9. | Declaración Jurada de Cumplimiento del Art. 23 de la Ley 978/96, expedida ante Escribanía Pública en Paraguay, que manifieste expresamente; respetar y cumplir los mandatos de la Constitución Nacional, las Leyes, Decretos y demás disposiciones legales que rijan en el territorio de la República del Paraguay (Ver modelo) * Si el/la solicitante es menor de 18 años de edad, la Declaración Jurada deberá estar firmada por los padres, en representación del menor (Ver modelo) |
Sí | - | - |
10. | Demostración de solvencia económica (Acreditación de medios de vida lícitos) |
Ver las opciones de demostración de solvencia económica en el ANEXO | ||
11. | Certificado de Atecedentes de Interpol vigente, expedido por el Departamento de Interpol de la Policía Nacional de Paraguay (Requerido a partir de los 14 años) | Sí | - | 1 (una) |
Requisitos adicionales para solicitantes menores de 18 años de edad | ||||
12. | Documento de Identidad de los padres o tutores legales. | Sí | - | 1 (una) |
13. | En caso de ausencia de uno o ambos padres, adjuntar; Poder especial, emitido por una Escribanía Pública en el país de origen del documento, con el cual se autoriza el viaje del menor y la tramitación de sus documentaciones ante la Dirección General de Migraciones con el acompañamiento del padre o tutor designado para el efecto. * El poder especial debe estar firmado por el o los padres ausentes. * Si el Poder Especial fue emitido en el exterior, debe estar visado y legalizado o apostillado. * El tutor debe estar radicado en el país o ser de nacionalidad paraguaya. |
Sí | - | 1 (una) |
14. | Constancia de estudios (Si el solicitante está cursando estudios primarios o secundarios en Paraguay) | Sí | - | 1 (una) |
¿Cómo se realiza el trámite? | Arancel | |||
El trámite es personal y presencial. El seguimiento del proceso puede realizarse de manera personal o a través de un representante legal. | Carnet de Admisión Permanente + Cambio de Categoría: Gs. 1.526.220 Certificado de Radicación (opcional): Gs. 152.622 En caso de vencimiento del plazo de permanencia como turista, no residente o residente temporario, el solicitante deberá abonar la multa correspondiente: Gs. 264.153 |
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Observaciones | ||||
La concesión de la Radicación dependerá de que los requisitos presentados sean aprobados en todas las etapas de verificación. En caso de cambio de profesión, se deberá abonar el arancel adicional correspondiente, de Gs. 381.555 |
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IMPORTANTE | ||||
1) | Todos los documentos en idioma extranjero deberán contar con su correspondiente traducción al castellano, hecha por traductores públicos, matriculado por la Corte Suprema de Justicia en Paraguay, con excepción de los documentos en idioma Portugués emitidos en la República Federativa del Brasil. | |||
2) | Los documentos emitidos en el exterior deberán estar legalizados o certificados por el método de Apostilla (apostillados) | |||
3) | La Legalización de documentos extranjeros se tramita en el Consulado Paraguayo en el país de origen y, posteriormente, en el Ministerio de Relaciones Exteriores de Paraguay. | |||
4) | La Certificación o legalización por el método de Apostilla es otorgada por los países miembros de la Convención de la Haya. La apostilla es emitida por la autoridad designada en el país de procedencia del documento. Consulte el listado de países signatarios a la Convención de la Haya. | |||
5) | Todos los documentos extranjeros emitidos en un país firmante del Convenio de la Haya, que hayan sido certificados por el método de Apostilla, serán reconocidos por la Dirección General de Migraciones sin necesidad de otro tipo de legalización. | |||
6) | Los requisitos para la demostración de solvencia económica no son taxativos, pudiendo acreditar dicha solvencia con medios de vida lícitos que permitan la subsistencia del peticionante y su grupo familiar conviviente. | |||
7) | Los solicitantes menores de 18 años de edad deberán estar acompañados por ambos padres o turores para la firma de la Solicitud de Radicación. | |||
8) | Los solicitantes menores de 14 años de edad no requieren la presentación de Certificado de Antecedentes penales, judiciales o policiales. | |||
9) | La Dirección General de Migraciones podrá requerir cualquier otro documento adicional que considere necesario, dependiendo de cada caso en particular. | |||
10) | La admisión de los documentos en Mesa de Entrada de la Institución no presupone el otorgamiento de la radicación solicitada. | |||
ANEXO: OPCIONES PARA LA DEMOSTRACIÓN DE SOLVENCIA ECONÓMICA | ||||
Opciones y Requisitos | ¿Qué debe presentar? | |||
Original | Fotocopia Simple | Fotocopia Autenticada | ||
Demostración de Solvencia Económica para Extranjeros en General | ||||
1. | Nota de Depósito Bancario, con un monto mínimo de 350 jornales (Gs. 30.817.850 o su equivalente en dólares), firmada por el o los responsables de la cuenta. * El dinero depositado permanecerá en la cuenta del solicitante hasta la culminación del trámite. Una vez que se haya expedido el carnet de radicación, el depósito podrá ser retirado en su totalidad. * El depósito bancario debe realizarse en el Banco Nacional de Fomento, entidad que admite este tipo de trámite para extranjeros en proceso de obtención de la radicación permanente y la cédula de identidad paraguaya. |
Sí | - | 1 (una) |
Demostración de Solvencia Económica para Profesionales | ||||
1. | Título Profesional a nivel Universitario o Técnico Superior: * Si fue expedido en el exterior deberá estar legalizado o certificado por apostilla. * Si fue expedido por instituciones educativas en Paraguay deberá estar visado por el Ministerio de Educación y Ciencias de Paraguay. |
- | - | 1 (una) |
2. | Declaración Jurada, con certificación de firmas ante Escribanía Pública en Paraguay (Ver modelo), en la que el/la solicitante declare que trabajará en su profesión, una vez obtenida la Residencia Permanente. | Sí | - | - |
Demostración de Solvencia Económica para Accionistas de una empresa | ||||
1. | Escritura de Constitución de Sociedad, inscripta en el registro público. * Si el interesado no está incluido en la Constitución de Sociedad, deberá presentar el Libro de Acciones, en el cual se mencione la cantidad de acciones que posee. * El monto de las acciones debe ser equivalente o superior a 350 jornales (Gs. 30.817.850 o su equivalencia en dólares americanos) |
- | - | 1 (una) |
2. | Constancia del Registro Único del Contribuyente (RUC) | - | - | 1 (una) |
Demostración de Solvencia Económica para Jubilados | ||||
1. | Documento de Constancia de Jubilación, mencionando el monto percibido mensualmente. * El monto mensual no deberá ser inferior a 100 jornales mínimos vigentes en Paraguay (aproximadamente Gs. 8.805.100 mensuales). * Será considerado como válido todo documento o extracto en el que conste el monto de la pensión percibida en concepto de jubilación. |
Sí | - | 1 (una) |
2. | Constancia de Seguro Médico en Paraguay. | - | - | 1 (una) |
3. | Declaración Jurada, con certificación de firmas ante Escribanía Pública, en la que el/la interesado/a manifieste Ser Jubilado/a, mencionando el monto a percibir. | Sí | - | - |
Demostración de Solvencia Económica para Religiosos (Sólo para religiosos que ocuparán un cargo administrativo dentro de una Congregación) | ||||
1. | Constancia de pertenencia a la Congregación Religiosa; expedida por la Congregación a la cual pertenece el solicitante y firmada por el representante de dicha Congregación; en la cual se mencione que la Congregación se hará responsable de los gastos de alimentación, vestimenta, salud y vivienda del interesado. | Sí | - | 1 (una) |
2. | Constancia de la inscripción del interesado como Religioso, expedida por el Viceministerio de Culto, del Ministerio de Educación y Ciencias (MEC). | Sí | - | 1 (una) |
Demostración de Solvencia Económica para Amas de casa | ||||
Si el responsable de su manutención es el cónyuge, radicado en Paraguay: | ||||
1. | Certificado de Matrimonio. * Si el matrimonio se realizó en el exterior debe estar legalizado o certificado por apostilla. * Si el matrimonio se realizó en Paraguay no requiere legalización. |
Sí | - | 1 (una) |
2. | Cédula de Identidad Paraguaya o Carnet de Radicación Permanente del Cónyuge. | - | - | 1 (una) |
Si el/la responsable de su manutención es el hijo o hija, mayor de edad, radicado/a en Paraguay: | ||||
1. | Declaración Jurada de Manutención, firmada por el hijo o hija responsable, con certificación de firma ante Escribanía Pública. | Sí | - | - |
2. | Cédula de Identidad Paraguaya o Carnet de Radicación Permanente del hijo o hija responsable. | - | - | 1 (una) |
3. | Certificado de Nacimiento del hijo o hija responsable. | - | - | 1 (una) |