Trámite especial para inversionistas extranjeros de todas las nacionalidades, bajo el Sistema Unificado de Apertura y Cierre de Empresas (SUACE) |
Es un trámite especial de residencia permanente dirigido a ciudadanos extranjeros que llegan al territorio paraguayo en calidad de inversionistas y optan por acojerse al Sistema Unificado de Apertura y Cierre de Empresas (SUACE).
SUACE es una ventanilla única compuesta por varias instituciones públicas, a través de la cual se realizan los trámites de apertura, formalización y/o cierre de empresas físicas o jurídicas, para la entrada de solicitudes y de registros estatales, con la finalidad de facilitar y agilizar el proceso de apertura de nuevos emprendimientos empresariales, gestionando los trámites pertinentes en un sólo lugar.
Requisitos/Observaciones | ¿Qué debe presentar? | |||
Original | Fotocopia Simple | Fotocopia Autenticada | ||
Requisitos Generales | ||||
1. | Constancia o Certificado en el que conste que el/la extranjero/a se encuadra dentro del Régimen del SUACE, su calificación y el monto a invertir. * Este documento es expedido por el Viceministerio de Industria y Comercio del Paraguay. |
Sí | - | 2 (dos) |
2. | Documento de Identidad vigente del país de origen: Opción 1: Cédula de Identidad o DNI vigente, acompañada del comprobante de ingreso al país. Opción 2: Pasaporte vigente, con el sello de ingreso al país. * El comprobante y/o sello de ingreso al país se expide en los puestos de control migratorio fronterizos y aeroportuarios, al registrar su entrada al Paraguay. |
Sí | - | 2 (dos) |
3. | Visa Consular o En Arribo; en el caso de los países que la requieran. * La visa deberá contar con la verificación correspondiente del Ministerio de Relaciones Exteriores en Paraguay. (Consulte el listado de países con acuerdos de supresión de visas con Paraguay y el listado de países beneficiarios de las visas en arribo en Paraguay) |
Sí | - | 2 (dos) |
4. | Certificado de Nacimiento, expedido por el país de origen o por la representación diplomática del país de origen en Paraguay. * Si el documento fue emitido en el exterior, debe estar legalizado o apostillado. |
Sí | - | 2 (dos) |
5. | Certificado de Antecedentes Policiales o Penales vigente (Requerido a partir de los 14 años de edad) : | |||
Opción 1: Si su última residencia fue en su país de origen; Certificado de Antecedentes del país de origen, expedido por la autoridad competente del país emisor, con vigencia a nivel nacional. * Si el documento fue emitido en el exterior, debe estar legalizado o apostillado. |
Sí | - | 2 (dos) | |
Opción 2: Si residió en otro país durante los últimos 5 años; Certificado de Antecedentes del país de residencia, expedido por la autoridad competente del país emisor, con vigencia a nivel nacional y documento respaldatorio que acredite que el/la interesado/a residió en dicho país durante los últimos 5 años. * Si el documento fue emitido en el exterior, debe estar legalizado o apostillado. |
Sí | - | 2 (dos) | |
Opción 3: Si reside en Paraguay desde hace más de 5 años; | ||||
1- Información Sumaria de Testigos, expedida por el Juzgado de Justicia Letrada del Poder Judicial del Paraguay, con la aclaración de que el solicitante vive y reside desde hace más de 5 años en el país. * Si el documento fue emitido en el exterior, debe estar legalizado o apostillado. |
Sí | - | 1 (una) | |
2- Certificado de Antecedentes de INTERPOL vigente, expedido por el Departamento de INTERPOL de la Policía Nacional del Paraguay. | Sí | - | 1 (una) | |
6. | Certificado de Antecedentes para Extranjeros vigente, expedido por el Departamento de Informática de la Policía Nacional del Paraguay. | Sí | 1 (una) | 2 (dos) |
7. | Certificado de Antecedentes de INTERPOL vigente, expedido por el Departamento de INTERPOL de la Policía Nacional. * Documento requerido para realizar la solicitud de Cédula de Identidad Paraguaya. |
Sí | - | - |
8. | Constancia de Estado Civil, expedida por la autoridad competente del país emisor (Sólo si corresponde) : Opción 1: Certificado de Matrimonio. Opción 2: Sentencia de Divorcio. Opción 3: Certificado de Defunción. * Si el documento fue emitido en el exterior, debe estar legalizado o apostillado. |
Sí | - | 2 (dos) |
9. | Certificado de Vida y Residencia vigente, expedido por una Comisaría Jurisdiccional en Paraguay. | Si | - | 2 (dos) |
10. | Certificado Sanitario, expedido por un médico clínico habilitado por el Ministerio de Salud del Paraguay, en el que conste que el/la solicitante goza de buena salud física, mental y carece de enfermedad infectocontagiosa. * El documento debe estar visado por el Ministerio de Salud del Paraguay. |
Si | - | 2 (dos) |
11. | Declaración Jurada de Cumplimiento del Art. 23 de la Ley 978/96, expedida ante Escribanía Pública en Paraguay, que manifieste expresamente; respetar y cumplir los mandatos de la Constitución Nacional, las Leyes, Decretos y demás disposiciones legales que rijan en el territorio de la República del Paraguay. (Ver modelo) | Sí | - | 2 (dos) |
¿Cómo se realiza el trámite? | Arancel | |||
El trámite es personal y presencial. El seguimiento del proceso puede realizarse de manera personal o a través de un representante legal. | Carnet de Admisión Permanente + Cambio de Categoría: Gs. 1.526.220 Certificado de Radicación (opcional): Gs. 152.622 En caso de vencimiento del plazo de permanencia, el solicitante deberá abonar la multa correspondiente: Gs. 264.153 |
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Observaciones | ||||
La presentación de las solicitudes de radicación deberá realizarse en forma exclusiva en Mesa de Entrada del SUACE, del Ministerio de Industria y Comercio y, en casos excepcionales, en Mesa de Entrada del Dpto. de Admisión - Capital de la sede central de Migraciones.
La concesión de la Radicación dependerá de que los requisitos presentados sean aprobados en todas las etapas de verificación. En caso de cambio de profesión, se deberá abonar el arancel adicional correspondiente, de Gs. 381.555 | ||||
IMPORTANTE | ||||
1) | Todos los documentos en idioma extranjero deberán contar con su correspondiente traducción al castellano, hecha por traductores públicos, matriculado por la Corte Suprema de Justicia en Paraguay, con excepción de los documentos en idioma Portugués emitidos en la República Federativa del Brasil. | |||
2) | Los documentos emitidos en el exterior deberán estar legalizados o certificados por el método de Apostilla (apostillados) | |||
3) | La Legalización de documentos extranjeros se tramita en el Consulado Paraguayo en el país de origen y, posteriormente, en el Ministerio de Relaciones Exteriores de Paraguay. | |||
4) | La Certificación o legalización por el método de Apostilla es otorgada por los países miembros de la Convención de la Haya. La apostilla es emitida por la autoridad designada en el país de procedencia del documento. Consulte el listado de países signatarios a la Convención de la Haya. | |||
5) | Todos los documentos extranjeros emitidos en un país firmante del Convenio de la Haya, que hayan sido certificados por el método de Apostilla, serán reconocidos por la Dirección General de Migraciones sin necesidad de otro tipo de legalización. | |||
6) | Los documentos del país de origen solicitados como requisito por ley, que autoricen la emisión de los mismos en las Embajadas y/o Consulados con representación en la República del Paraguay, serán admitidos previa legalización del Ministerio de Relaciones Exteriores del Paraguay. | |||
7) | Los documentos emitidos en el Paraguay deben tener fechas posteriores a su comprobante de ingreso al país, presentado al momento de solicitar cualquiera de las admisiones. | |||
8) | La Dirección General de Migraciones podrá requerir cualquier otro documento adicional que considere necesario, dependiendo de cada caso en particular. | |||
9) | La admisión de los documentos en Mesa de Entrada de la Institución no presupone el otorgamiento de la radicación solicitada. |